Derecho Laboral

Tu derecho laboral,
defendido con rigor.

Defensa rigurosa y acompañamiento continuo en cada fase del procedimiento.

Con más de 20 años de trayectoria, nos dedicamos a la defensa de los derechos de los trabajadores, acompañándolos en cada etapa del camino. Somos especialistas en Derecho Laboral y Seguridad Social, con una sólida experiencia tanto en el sector privado como ante la Administración Pública.

Nuestra filosofía se basa en dar el mejor servicio desde la seriedad, la cercanía en el trato y el buen hacer ante las situaciones que nos plantean nuestros clientes. En nuestro despacho, la calidad es el valor que prima de forma absoluta, tanto en el desarrollo técnico de nuestro trabajo como en la calidez del trato humano.

Marisa Rodríguez trabajando en el despacho
+ de 20 años de trayectoria
ICAM — Abogada colegiada
Máster UCM — Asesoría Laboral y Procedimiento Laboral
Experiencia en empresa privada y Administración Pública
Servicios

Cubrimos todas las situaciones que pueden surgir en el ámbito laboral.

Si tu situación no encaja claramente en ninguna categoría, no dudes en consultarnos: probablemente la conocemos.

01

Despido y extinción de contrato

  • Despidos improcedentes y nulos
  • Conflictos derivados de la relación empresa–trabajador
  • Sanciones y controversias laborales
  • Modificaciones de condiciones de trabajo
02

Prestaciones e incapacidades

  • Incapacidades: absoluta, total y parcial
  • Grados de discapacidad
  • Impugnación de altas médicas
  • Sanciones de la Seguridad Social
03

Reclamación de salarios y cantidades

  • Reclamación de salarios impagados
  • Reclamación de horas extras
  • Reclamaciones de cantidad en general
04

Vulneración de derechos laborales

  • Vulneración de derechos fundamentales: igualdad, integridad (acoso), dignidad e indemnidad
  • Procedimientos de nulidad de actuaciones
  • Demandas sobre falso autónomo
  • Extinción de la relación laboral (art. 50 Estatuto de los trabajadores)
  • Conciliación de la vida laboral y familiar
05

Empleados de la Administración Pública

  • Personal laboral en fraude de ley
  • Contratación temporal en la Administración
  • Procedimientos en los que el empleador es la Administración Pública
Marisa Rodríguez en el despacho
Rigor y cercanía
Cómo trabajamos

Un proceso claro, con comunicación en todo momento.

01

Valoración inicial y estrategia

Revisamos contigo la documentación y la situación concreta. Explicamos las opciones disponibles con claridad, sin tecnicismos innecesarios, y definimos juntos la mejor vía de actuación.

02

Preparación y actuación

Intervenimos en la fase extrajudicial y, cuando es necesario, en vía judicial. Cuidamos los plazos, los escritos y la prueba con el mismo rigor en cada caso.

03

Defensa y acompañamiento hasta la resolución

Dirigimos el procedimiento de principio a fin y mantenemos una comunicación constante durante todo el proceso, sea cual sea el tiempo que dure. No desaparecemos cuando el asunto se complica.

Marisa Rodríguez Iglesias
Sobre nosotros

Marisa Rodríguez Iglesias

Abogada | Especialista en Derecho Laboral

Con más de 20 años de trayectoria, Marisa destaca por su sólido conocimiento del derecho laboral en todas sus vertientes, tanto en la empresa privada como ante la Administración Pública, así como en cuestiones de Seguridad Social relativas a prestaciones. Aporta una visión estratégica y técnica para resolver litigios complejos, priorizando un entorno de comunicación continua y acompañamiento hasta la resolución del conflicto.

Formación y acreditación:

  • Licenciada en Derecho - Universidad de Alcalá de Henares, Madrid
  • Máster en Asesoría Laboral y Procedimiento Laboral - Escuela de Práctica Jurídica, UCM
  • Abogada colegiada en el ICAM
  • Asesora en aplicación de Convenios Colectivos a empresas y particulares
  • Experta en negociación colectiva y procedimientos colectivos
Lo que dicen nuestros clientes

Cada caso es diferente. Lo que no cambia es el compromiso.

«Marisa, mil gracias por todo tu esfuerzo, empeño y profesionalidad. Muy agradecido por todo ello.»

— C.V. (Zaragoza)

«Mil gracias. Agradezco tu trabajo y profesionalidad. Con lo complicado que ha sido, se valora mucho más haberlo conseguido.»

— J.R. (Madrid)

«Gracias por tu gran profesionalidad. Te guardo como referente para posibles litigios, no solo personales sino de familiares y amistades. Me has demostrado que podemos conseguirlo.»

— L.A.M. (Madrid)
Marisa Rodríguez en un espacio profesional
Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Sí. Cuando la empresa incumple obligaciones esenciales del contrato, como el pago del salario o cuando el trabajador sufre acoso, la ley permite solicitar la extinción del contrato por causa imputable al empleador, a través del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores. En estos casos, el trabajador tiene derecho a una indemnización equivalente a la del despido improcedente. Es fundamental documentar la situación y actuar dentro de los plazos legales. Consúltanos cuanto antes: cada día cuenta.

Sí, en determinadas circunstancias. La ley establece que encadenar contratos temporales durante más de 24 meses en un período de 30 puede dar lugar a la condición de trabajador indefinido. Del mismo modo, cuando la causa que justificó el contrato temporal no era real, puede impugnarse judicialmente para obtener el reconocimiento de la relación laboral indefinida y, en su caso, la correspondiente indemnización. Si crees que tu situación puede encajar en alguno de estos supuestos, analizamos el caso contigo sin compromiso.

Depende de las condiciones pactadas. El derecho al cobro del bonus debe analizarse caso por caso, atendiendo a lo establecido en el contrato, el convenio colectivo aplicable y la política retributiva de la empresa. Si el devengo del bonus ya se ha producido durante el período trabajado, la baja voluntaria no implica automáticamente la pérdida del derecho proporcional. En caso de que la empresa lo retenga sin justificación, puede reclamarse por vía judicial.

Sí, con matices. La incapacidad permanente total inhabilita para el ejercicio de la profesión habitual, pero no impide desempeñar otras actividades laborales distintas. Es posible compatibilizar la pensión con el trabajo en una actividad diferente, siempre que se cumplan los requisitos y se comunique a la Seguridad Social. Sin embargo, cada situación tiene particularidades que conviene analizar con cuidado para evitar incompatibilidades o la pérdida de la prestación. En nuestro despacho lo revisamos contigo.

Sí. El retraso reiterado en el pago del salario es un incumplimiento contractual grave por parte del empleador. Podemos reclamar las cantidades adeudadas ante el Juzgado de lo Social y, si el comportamiento es sistemático, también fundamentar una extinción del contrato por causa del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, con derecho a la indemnización equivalente al despido improcedente. No es necesario aguantar indefinidamente una situación que la ley no ampara.

En principio, la carga de la prueba recae sobre el trabajador. Sin embargo, la ley obliga a las empresas a llevar un registro diario de jornada, lo que puede ser un instrumento clave a tu favor. Si la empresa no dispone de ese registro o presenta irregularidades, los tribunales pueden valorar la prueba de forma más favorable al trabajador. En cualquier caso, te ayudamos a recopilar y organizar toda la evidencia disponible: correos, mensajes, horarios o testimonios de compañeros.
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